La violencia doméstica en el Código Penal

En este artículo te explico qué dice el Código Penal español sobre violencia doméstica.

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Violencia doméstica en el código penal

La violencia doméstica en el Código Penal

La violencia doméstica en España está tipificada como un delito en el Código Penal español. El Código Penal regula los diferentes tipos de violencia que pueden ocurrir en el ámbito doméstico o familiar, incluyendo la violencia física, psicológica y sexual.

En el Código Penal español, los delitos de violencia doméstica se encuentran principalmente en los siguientes artículos:

  1. Artículo 153: Maltrato habitual: Este artículo establece que quien maltrate de forma habitual a su cónyuge, ex cónyuge, persona con la que haya convivido de forma estable en análoga relación de afectividad, ascendiente, descendiente, hermano, o persona especialmente vulnerable que conviva con el autor, será castigado con pena de prisión de seis meses a tres años.
  2. Artículo 173: Lesiones: Este artículo establece que quien cause lesiones a su cónyuge, ex cónyuge, persona con la que haya convivido de forma estable en análoga relación de afectividad, ascendiente, descendiente, hermano, o persona especialmente vulnerable que conviva con el autor, será castigado con las penas previstas para el delito de lesiones en función de su gravedad.
  3. Artículo 171: Coacciones: Este artículo establece que quien ejerza violencia física o psíquica sobre su cónyuge, ex cónyuge, persona con la que haya convivido de forma estable en análoga relación de afectividad, ascendiente, descendiente, hermano, o persona especialmente vulnerable que conviva con el autor, será castigado con pena de prisión de seis meses a tres años.

Además, el Código Penal español también contempla otras figuras delictivas relacionadas con la violencia doméstica, como amenazas, acoso, abuso sexual, entre otros, que pueden ser aplicados en casos de violencia doméstica.

La violencia doméstica en el Código Penal

Qué se entiende exactamente por violencia doméstica

La violencia doméstica o violencia en el ámbito familiar es cualquier tipo de agresión (física o psíquica) que tenga lugar dentro del entorno familiar.

La violencia doméstica se produce entre personas que comparten un mismo domicilio, aunque no toda la violencia que se produce dentro de una vivienda es violencia doméstica.

La violencia doméstica se produce entre personas que comparten una vivienda

Por ejemplo, una pelea entre estudiantes que comparten piso no se puede entender como delito de violencia doméstica, puesto que no hay relación familiar entre ellos. Sí se entiende como violencia doméstica el maltrato de una madre sobre sus hijos o de un nieto sobre un abuelo que convive con la familia.

La violencia doméstica y la posición de fuerza

La violencia doméstica exige que el agresor ejerza una posición de fuerza sobre otro miembros más débiles.

La violencia doméstica supone que el agresor tiene una posición de fuerza sobre la víctima

Las personas que pueden ser objeto de violencia doméstica son el cónyuge o pareja sentimental, los hijos menores y los padres y hermanos que convivan con el agresor.

El caso más frecuente de violencia doméstica se produce entre los miembros de una misma familia que conviven en una misma vivienda

También pueden ser objeto de violencia doméstica las personas que, por ser declaradas incapaces, están bajo la tutela del agresor y conviven con él.

La violencia doméstica y la violencia de género

No hay que confundir la violencia doméstica con la violencia de género.

Cuando el hombre ejerce violencia contra su pareja, estamos ante un caso de violencia de género, no de violencia doméstica

La violencia de género se trata de una violencia del hombre contra la mujer, ya sea su esposa o su pareja sentimental y ya vivan en un mismo domicilio o en viviendas separadas.

El hombre puede cometer un delito de violencia de género aunque no conviva con su pareja

La violencia doméstica la puede ejercer tanto el hombre como la mujer.

Tanto el hombre como la mujer pueden ejercer violencia doméstica, por ejemplo, cuando maltratan a sus hijos menores o a las personas mayores o ancianos que vivan con ellos en la vivienda

La violencia doméstica habitual

La violencia doméstica habitual, aunque sea leve o moderada, puede constituir un delito de violencia doméstica si crea una atmósfera irrespirable en la vivienda o un clima de sistemático maltrato.

La violencia doméstica por omisión

También puede constituir un delito de violencia doméstica no impedir, pudiendo evitarlo, que un miembro de la familia maltrate a otro, es decir, que no habiendo hecho nada punible, se puede cometer un delito de violencia doméstica por omisión.

La violencia doméstica delante de menores

Se considera un agravante ejercer violencia delante de menores.

La violencia doméstica utilizando un arma

Se considera un agravante ejercer violencia usando un arma u objeto contundente

La violencia doméstica en el Código Penal

Qué penas lleva el delito de violencia doméstica

La pena prevista por un delito de violencia doméstica en nuestro Código Penal es la de privación de libertad, y puede ir desde un mínimo de tres meses a un máximo de un año para casos leves hasta un máximo de cinco años de prisión para los casos de lesiones graves.

El delito de violencia doméstica siempre conlleva la pena de privación de libertad

La violencia doméstica y la patria potestad

Si la violencia se ejerce contra un menor, el juez puede retirar la patria potestad, la tutela o la guardia y custodia al agresor.

La violencia doméstica en el Código Penal

Las lesiones en el ámbito familiar

Se entiende por lesiones en el ámbito familiar cuando el autor (hombre o mujer) lesiona a alguien de su entorno familiar.

Agravantes del delito de lesiones en el ámbito familiar

Se considera un agravante del delito de lesiones en el ámbito de la familia la violencia contra la esposa o la novia, o contra personas especialmente vulnerables,.

También se considera un agravante del delito de lesiones en ámbito familiar las agresiones en presencia de menores o utilizando un arma.

También se considera un agravante si las lesiones son habituales.

Cómo se castiga un delito de lesiones en el ámbito familiar

Si la lesión es de menor gravedad (leve) y se produce en el ámbito familiar, el delito de lesiones se castiga con pena de 3 meses a 1 año de prisión, que el juez puede sustituir por una pena de trabajos en favor de la comunidad de entre 31 y 80 días.

Si la lesión es de menor gravedad (leve) y se produce en el ámbito familiar contra la esposa o contra una persona especialmente vulnerable que viva con el agresor, el delito de lesiones se castiga con pena de prisión de 6 meses a 1 año, que se puede sustituir por el juez por una pena de trabajos en favor de la comunidad de 31 a 80 días.

Si las lesiones son en el interior del domicilio, en presencia de menores o utilizando algún tipo de arma, se impondrá la mitad superior de la pena.

El delito de lesiones en el ámbito doméstico y la violencia habitual

La habitualidad de delito de lesiones supone que las lesiones se producen de forma reiterada, pero no en un espacio de tiempo demasiado corto, por ejemplo, una hora, ni durante un espacio de tiempo demasiado largo.

Si la violencia se ejerce de modo habitual, el delito de lesiones se castiga con una pena de prisión de 6 meses a 3 años. Si el juez lo estima conveniente, también se le puede privar al autor del delito de la guardia y custodia o de la patria potestad de sus hijos.

Si la violencia se comete en el interior del domicilio, en presencia de menores o utilizando armas, se aplica la mitad superior de la pena.

El juez también puede decretar una medida de alejamiento de la víctima.

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