En este artículo te explico la diferencia entre amenazas leves y graves.
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Diferencia entre amenazas leves y graves
Aunque en el Código Penal no se establece una clasificación explícita entre amenazas leves y graves, se puede hacer una distinción general en función de la intensidad, credibilidad y consecuencias de las amenazas.
Esta diferenciación no es una clasificación legal oficial, sino una forma de entender la gravedad relativa de las amenazas en términos generales.
Amenazas leves:
Las amenazas leves son aquellas que, aunque pueden causar preocupación o inquietud a la persona amenazada, no implican un riesgo inmediato o evidente de daño físico o material grave.
Las amenazas leves suelen ser de naturaleza más verbal o emocional y pueden tener un impacto principalmente en el bienestar emocional de la persona afectada.
Por ejemplo:
- Amenazas verbales de discusión o conflicto sin una intención real de causar daño físico o material.
- Amenazas sin credibilidad o capacidad real para llevar a cabo el acto amenazado.
- Amenazas que no se reiteran y se perciben como esporádicas o aisladas.
Amenazas graves:
Las amenazas graves son aquellas que implican un riesgo real y evidente de causar daño físico o material significativo a la persona amenazada.
Las amenazas graves pueden ser más concretas, directas y creíbles, lo que genera un temor legítimo en la víctima.
Algunos ejemplos de amenazas graves podrían ser:
- Amenazas directas de violencia física, agresiones o lesiones graves.
- Amenazas que se acompañan de la exhibición de armas u objetos peligrosos.
- Amenazas reiteradas o que forman parte de un patrón de acoso, maltrato o persecución.
Cualquier amenaza, independientemente de su gravedad, es un delito según el Código Penal Español y puede ser sancionada.
La diferencia en las consecuencias legales suele radicar en la intensidad y gravedad de la amenaza, así como en las circunstancias específicas del caso.
Las amenazas en el Código Penal
En el Código Penal, las amenazas se encuentran reguladas en el artículo 169.1. Según este artículo, una amenaza es cualquier manifestación de intención de causar un mal a otra persona.
Sin embargo, el Código Penal no establece una clasificación específica entre amenazas leves y graves.
Las amenazas en sí mismas son consideradas un delito y pueden ser sancionadas con penas de prisión o multas, dependiendo de la gravedad de la amenaza y las circunstancias del caso.
La gravedad de una amenaza y las consecuencias legales que conlleva se evalúan teniendo en cuenta varios factores, entre ellos:
- Intensidad y credibilidad de la amenaza: Si la amenaza es clara, directa y se considera creíble, puede ser considerada más grave.
- Tipo de amenaza: Algunas amenazas pueden estar dirigidas a causar daño físico o material, mientras que otras pueden ser de naturaleza más emocional o psicológica.
- Contexto y circunstancias: El contexto en el que se realiza la amenaza puede ser relevante, como si está relacionada con una relación de pareja, una disputa laboral o cualquier otra situación específica.
- Reiteración: Si las amenazas son reiteradas o forman parte de un patrón de acoso o maltrato, esto puede aumentar la gravedad del delito.
En cualquier caso, la gravedad de las amenazas se evalúa de forma individual y en función de las circunstancias particulares de cada caso.
En general, el sistema busca proteger los derechos y la seguridad de las personas, por lo que las amenazas que representen un riesgo real o causen un daño significativo pueden ser sancionadas más severamente que aquellas que se consideren menos graves.
Si sufres amenazas o te acusan de un delito de amenazas y tienes dudas sobre tu situación específica, deberías consultar con un abogado experto en derecho penal para obtener asesoramiento legal.