En este artículo te explico en qué consiste el delito de inducción al suicidio.
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Delito de inducción al suicidio
En España, el delito de inducción al suicidio está tipificado en el artículo 143 bis del Código Penal y se considera un delito contra la vida y la integridad moral. Según este artículo, se considera delito inducir al suicidio de otra persona, cooperar con actos necesarios para su ejecución o prestar ayuda para llevarlo a cabo.
Inducir a cometer un suicidio es incitar o intentar convencer a alguien para que se quite la vida cometiendo suicidio y es un delito en España
Es importante destacar que este delito requiere de una intención específica, es decir, la voluntad consciente y deliberada de inducir al suicidio de otra persona. Además, la conducta de la persona que se acusa de este delito debe haber sido determinante para la ejecución del mismo.
Se supone que la inducción al suicidio se hace de forma dolosa (con intención de que la otra persona se quite la vida). No sería delito decir algo que, sin buscarlo, genere en el otro el deseo de quitarse la vida.
No sería delito argumentar a favor del suicidio si la otra persona ya había manifestado anteriormente deseos de quitarse la vida. Es decir, que no se considera delito dar la razón a alguien que tiene ya decidido quitarse la vida, lo que se conoce legalmente como coadyuvar al suicidio.
Tampoco se considera delito la inducción al suicidio si la persona que se quiere suicidar fracasa en su intento.
Tampoco se considera delito la apología del suicidio, incluso si se demuestra que ha tenido algún tipo de influencia sobre la persona que si ha quitado la vida.
Qué se entiende por suicidio
En la legislación española se considera suicidio el acto de quitarse la propia vida. Si el suicidio no se consuma, entonces se considera un intento de suicidio.
Ni el suicidio ni el intento de suicidio están prohibidos expresamente en la ley. Por lo tanto, no hay ningún castigo penal para la persona que intenta quitarse la vida, es un acto que queda impune.
El legislador actual considera que la persona que intenta suicidarse no merece ningún castigo, sino apoyo psicológico. Esto no siempre ha sido así en España, ya que la tradición católica sí que considera el suicidio como un acto pecaminoso y punible.
El castigo por inducción al suicidio
La pena prevista para este delito es de prisión de cuatro a ocho años. Sin embargo, si la víctima fuera menor de edad, o sufriera una discapacidad necesitando una especial protección, o si se hubiera llevado a cabo la inducción, cooperación o ayuda mediante engaño o abuso de su situación personal, la pena sería de prisión de diez a quince años.
El delito de inducción al suicidio se castiga con entre 4 y 8 años de prisión
Es importante destacar que el delito de inducción al suicidio requiere de una intención específica, es decir, la voluntad consciente y deliberada de inducir al suicidio de otra persona. Además, la conducta de la persona acusada de este delito debe haber sido determinante para la ejecución del mismo.
Delito de promoción al suicidio de menores o discapacitados
Se considera delito promover o fomentar el suicidio en sitios web dirigidos principalmente a menores o discapacitados.
El delito de promoción al suicidio se castiga con entre 1 y 4 años de prisión
Delito de homicidio por autoría mediata
La inducción al suicidio de una persona que no se le supone capacidad para discernir, por ejemplo, un menor de edad o un discapacitado psíquico, constituye un delito de homicidio por autoría mediata y, en casos extremos, hasta asesinato.
Delito de auxilio o cooperación al suicidio
Cooperar al suicidio supone ayudar a otra persona que ha decidido suicidarse a quitarse la vida, por ejemplo, facilitando los medios para quitarse la vida (armas o medicamentos) o dando consejo sobre cómo usar el arma o cuántas pastillas hay que tomar para quitarse la vida.
El delito de cooperación al suicidio se castiga con entre 2 y 5 años de prisión
Se entiende que el acto de quitarse la vida lo lleva a cabo la persona que se suicida, en caso contrario hablamos de un homicidio consentido o cooperación ejecutiva al suicidio.
No se considera delito la mera complicidad, por ejemplo, acompañar al suicida a comprar las pastillas con las que luego se va a quitar la vida.
Ayudar a una persona con una enfermedad terminal, que solicita expresamente a otra que le ayude a cometer suicidio, se considera un atenuante, pero no está despenalizado.
No hay delito de cooperación si finalmente el intento de suicidio resulta fallido.
Delito de homicidio consentido o cooperación ejecutiva al suicidio
Si una persona tiene voluntad de suicidarse y pide a otra persona que le ayude a hacerlo, por ejemplo, apretando el gatillo del arma, o inyectando una dosis mortal de un medicamento, entonces la persona que ejecuta el acto de matar al suicida está cometiendo un delito de homicidio consentido o cooperación ejecutiva al suicidio.
El delito de cooperación ejecutiva al suicidio se castiga con entre 6 y 10 años de prisión
A raíz de la reciente ley de eutanasia, se ha despenalizado la cooperación al suicidio, pero sólo en los casos que contempla dicha ley.