Cómo interpretar si ha habido un delito de agresión sexual

Tras una agresión sexual surgen muchas preguntas, la más importante es «¿realmente la mujer ha sido agredida sexualmente? o se trata de una relación sexual consentida».

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Determinar si la relación sexual se tuvo de mutuo acuerdo y con el consentimiento de la mujer es clave a la hora de decidir si se trata de una agresión sexual o no.

Para intentar ayudarte a interpretar lo que ha pasado, conviene preguntarse lo siguiente:

¿La mujer tenía edad suficiente para dar su consentimiento?

La edad para el consentimiento es la edad mínima a la que alguien puede legalmente acceder a tener relaciones sexuales con otra persona.

En España esta edad son los 16 años. Si la mujer tiene menos de esa edad, no puede legalmente dar su consentimiento para tener relaciones sexuales con un adulto. Dicho de otra manera, la mujer puede dar su consentimiento, pero éste no se considera válido legalmente porque se supone que no tiene todavía la madurez suficiente para decidir.

Es más, incluso si ha sido la menor la que ha iniciado la relación o ha invitado al hombre a acostarse con ella, puesto que legalmente la menor no está capacitada para hacerlo, el hombre está obligado a negarse a sus pretensiones.

Esto supone que tener relaciones con una persona menor de 16 años es siempre un delito de abuso sexual en España.

¿Tenía la mujer capacidad para dar su consentimiento?

Cualquier persona que dé su consentimiento para tener relaciones sexuales en España debe tener también capacidad para darlo. Si la mujer no está en plenas facultades mentales, puede que no esté capacitada para darlo o que su consentimiento no sea legalmente válido y esté legalmente viciado.

Vamos a poner un ejemplo, si una mujer ha consumido algún tipo de sustancia, como drogas o alcohol, puede que su capacidad para decidir se vea disminuida y, por lo tanto, el consentimiento no sea legalmente válido. Pero esto no quiere decir que todas las personas que han bebido son incapaces de tomar la decisión de tener relaciones sexuales.

La decisión de acostarse con alguien debe ser una decisión libre. La mayoría de las personas que beben moderadamente son capaces de tomar decisiones libres. Pero si una mujer ha abusado del alcohol o de las drogas, puede que su visión de la realidad esté distorsionada y que asuma riesgos que no asumiría de no haber consumido.

Hay signos externos que indican que una mujer ha abusado del alcohol o de las drogas y que no está en condiciones de tomar libremente la decisión de mantener relaciones sexuales. Entre los signos externos se incluyen los siguientes:

  • Habla pastosa y dificultad para pronunciar letras como la R.
  • Dificultad para mantenerse en pie o caminar dando tumbos.
  • Estado alterado y emociones extremas.
  • Decir cosas incoherentes.
  • Mostrar confusión, por ejemplo, no saber dónde estás o qué día es.
  • Estar inconsciente o delirando.

Si una mujer muestra alguno de estos síntomas (aunque sea uno sólo), claramente es incapaz de tomar decisiones tan importante como mantener relaciones sexuales y ningún hombre debería aprovecharse de su estado para intentar forzarla.

Otro caso de incapacidad es el de personas que sufren alguna discapacidad mental que les impide ser totalmente conscientes de lo que implica tener relaciones sexuales libres con otra persona.

En el caso de una persona que sufre una discapacidad mental, el consentimiento para tener relaciones podría no ser legalmente válido en España y el hombre que se aproveche de esta circunstancia podría estar cometiendo un delito de abusos sexuales.

¿La mujer dio su consentimiento libremente?

El consentimiento de la mujer para tener relaciones sexuales, para que sea legalmente válido en España, debe ser explícito (aunque no necesariamente con palabras), de forma entusiasta y sin reservas.

Si la mujer se sentía en alguna medida amenazada, el consentimiento estaría viciado y no sería legalmente válido. Cualquier tipo de amenaza, manipulación o coacción significa que el consentimiento no era válido.

Si un hombre mantiene relaciones sexuales con una mujer sin su consentimiento, o bien con un consentimiento viciado, entonces comente un delito de abusos sexuales o de agresión sexual, dependiendo de si se utilizaron amenazas para lograr que la mujer accediera a las relaciones.

¿Se respetaron los límites que puso la mujer?

Cuando una mujer da su consentimiento para mantener relaciones sexuales, también puede establecer ciertos límites. Que la mujer consienta tener relaciones sexuales no significa que acceda a cualquier tipo de relaciones o a hacer cualquier cosa.

Por ejemplo, si la mujer accede a besarse con un hombre, pero deja claro que no desea ningún otro tipo de contacto sexual, por ejemplo, tocamientos, el hombre debería abstenerse de hacerlo.

Si el hombre se propasa y va más allá de lo que la mujer había accedido a realizar, entonces ha hecho algo sin su consentimiento, el hombre ha cruzado la línea roja que había establecido la mujer.

Si un hombre cruza la línea roja y hace algo sin el consentimiento de la mujer, estaría cometiendo un delito de abusos y puede que hasta una agresión.

¿La mujer cambió de opinión en algún momento?

A lo largo de una relación sexual, es posible cambiar de opinión en cualquier momento.

Si una mujer inicialmente accede a algo, por ejemplo a una penetración, pero luego cambia de opinión y decide que prefiere tener sexo sin penetración, puede decirlo sin miedo y el hombre está obligado a aceptar su decisión y a respetar los límites que ha impuesto. Es decir, que aunque inicialmente la mujer diga que sí a algo, en cualquier momento puede cambiar de opinión y decir que no, aunque esté en medio de la relación.

Si el hombre no se detiene y decide ignorar la decisión de la mujer, entonces el sexo ya no es consentido, puesto que va en contra de lo que quieres ella. En este caso, la actuación del hombre se podría considerar bien un abuso sexual o una agresión sexual, dependiendo de que haya hecho uso de la fuerza o la coacción para culminar el acto.

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