Apertura de un centro de trabajo: ¿Qué necesito?

En este artículo te explico qué necesitas para la apertura de un centro de trabajo.

Apertura de un centro de trabajo

Qué necesito para la apertura de un centro de trabajo

Para abrir un centro de trabajo necesitas realizar una serie de trámites. Algunos de estos trámites se realizan en la administración autonómica correspondiente.

Por ejemplo, si realizo la apertura de centro de trabajo Valencia, la administración competente para algunos de estos trámites sería la Comunidad Valenciana.

Aquí tienes algunos de los principales trámites que hay que realizar para la apertura de un centro de trabajo:

  • Licencia Municipal de Obras: Si queremos hacer obras en el local en que vamos a abrir nuestra empresa, necesitaremos una licencia municipal de obras, necesaria para la realización de cualquier tipo de obras en locales, naves, edificios, etc. dentro de un municipio. Este trámite es obligatorio para todos los tipos de empresas.
  • Licencia Municipal de Apertura: La licencia de apertura es obligatoria para todas las empresas. Se trata de la orden de comprobación de que la solicitud del administrado es conforme con las normas de uso previstas en los planes de urbanismo.
  • Inscripción en el Registro de la Propiedad: Si hemos comprado un local, tendremos que inscribirlo en el Registro de la Propiedad, esto es, la inscripción o anotación de los actos y contratos relativos al dominio y demás derechos reales sobre bienes inmuebles, es decir, a título enunciativo, adquisición y transmisión de dichos bienes y la constitución y cancelación de hipotecas sobre los mismos.
  • Inscripción en el Registro Industrial: Esta inscripción sólo es necesaria si nuestra empresa es industrial, esto es, la inscripción del establecimiento en el Registro Industrial y autorización de la puesta en marcha de la actividad industrial.
  • Declaración Censal Inicio Actividad en Hacienda
  • Inscripción de la empresa en la Seguridad Social: Asignación al empresario de un número para su identificación y control de sus obligaciones en el Sistema de la Seguridad Social.
  • Afiliación y número de la Seguridad Social: Si no estamos afiliados a la Seguridad Social, debemos afiliarnos. La Seguridad Social nos dará un número con el cual cotizaremos a la Seguridad Social.
  • Alta en el Régimen especial de Autónomos de la Seguridad Social: Este trámite solo deben realizarlo las personas físicas y, si así lo desean, los socios de cooperativas.
  • Alta en el Régimen General de la Seguridad Social: Este trámite se realiza cuando hay trabajadores por cuenta ajena.
  • Comunicación de apertura del centro de trabajo: Antes de iniciar la actividad, debemos comunicar la apertura de nuestra empresa.
  • Adquisición y legalización de los libros oficiales: En estos libros se reflejaran las distintas actividades empresariales.
  • Adquisición y legalización del Libro de Visitas: Es obligatorio para todas las empresas. En él se anotan todas las gestiones que realicen los Inspectores de Trabajo en sus visitas a la empresa.

Algunos de estos trámites pueden resultar complicados si nunca has tenido que abrir una empresa, por eso, lo mejor es acudir a una empresa especializada en gestiones y asesoría.

Este tipo de empresas de consultoría te pueden ayudar a realizar estos trámites a cambio de una cantidad en concepto de honorarios. La contratación de sus servicios te puede ahorrar mucho tiempo y muchos problemas, por lo que es algo muy recomendable.